Política para el Tratamiento y Protección de datos personales
Kristha Alejandra, sociedad legalmente constituida, con Nit. xxxxxxxx, domiciliada en Bogotá, de ahora en adelante “Kristha Alejandra” pone en conocimiento de los titulares de datos personales que sean tratados de cualquier forma por Kristha Alejandra, las políticas de conformidad con los lineamientos señalados en la Ley 1581 de 2012, sus Decretos reglamentarios 1377 de 2.013, 886 de 2.014, 1074 de 2015 y las normas que lo complementen y/o adicionen.
El objeto de esta política consiste en poner en conocimiento de los Titulares de los Datos, los derechos que les asisten, los procedimientos y mecanismos dispuestos por Kristha Alejandra para hacer efectivas las garantías referidas en la Constitución y la ley. Así como, el alcance y finalidad del Tratamiento que se dará a los Datos personales que se suministren por parte de los titulares previa autorización expresa e informada.
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- LEGISLACIÓN APLICABLE. La presente política ha sido elaborado con base en las disposiciones contenidas en la Ley 1581 de 2012 en desarrollo de los artículos 15 y 20 de la Constitución Política.
ARTÍCULO 2.- AMBITO DE APLICACIÓN. Esta política se aplica al tratamiento de los datos de carácter personal que recolecte, almacene, maneje y use KRISTHA ALEJANDRA, en desarrollo de su objeto social.
ARTÍCULO 3.- BASES DE DATOS. Las políticas y procedimientos contenidos en el presente documento aplican a las bases de datos que maneja KRISTHA ALEJANDRA cuyo período de vigencia se prolongará por todo el tiempo en el que KRISTHA ALEJANDRA desarrolle su objeto social.
ARTÍCULO 4.- OBJETO. La presente política tiene como propósito garantizar el cumplimiento a lo previsto en el literal k) del artículo 17 de la Ley 1581 de 2012, que señala los deberes que asisten a los responsables del tratamiento de datos personales, entre ellos el de adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la ley y en especial el procedimiento para la atención de consultas y reclamos de los datos recolectados, así como el manejo y tratamiento de los datos de carácter personal que obtiene KRISTHA ALEJANDRA derivado de su gestión.
ARTÍCULO 5.- DEFINICIONES. Para efectos de la aplicación de las reglas contenidas en La presente política y de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 1581 de 2012 se tendrán las definiciones allí consignadas para el legislador y que a continuación se transcriben:
- Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales.
- Aviso de privacidad: Documento físico, electrónico o en cualquier otro formato generado por el Responsable que se pone a disposición del Titular para el tratamiento de sus datos personales. En el Aviso de Privacidad se comunica al Titular la información relativa a la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las características del tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
- Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento.
- Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
- Dato público: Es el dato calificado como tal, según los mandatos de la ley o de la Constitución Política y aquel que no sea semiprivado, privado o sensible. Son públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio, a su calidad de comerciante o de servidor público y aquellos que puedan obtenerse sin reserva alguna. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales.
- Dato privado: Es el dato que por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular.
- Datos sensibles: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos.
- Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento.
- Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos.
- Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.
- Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión de los mismos.
ARTÍCULO 6.- PRINCIPIOS. KRISTHA ALEJANDRA acoge, respeta y aplicará todos y cada uno de los principios establecidos en el artículo 4° de la Ley 1581 de 2013, los cuales constituyen los parámetros generales para el acopio, uso y tratamiento de los datos personales.
CAPÍTULO II AUTORIZACIÓN
ARTÍCULO 7.- AUTORIZACIÓN. La recolección almacenamiento, uso, circulación o supresión de datos personales por parte KRISTHA ALEJANDRA requiere del consentimiento libre, previo, expreso e informado del titular de estos. KRISTHA ALEJANDRA en su condición de responsable del tratamiento de datos personales, ha dispuesto de los mecanismos necesarios para obtener la autorización de los titulares garantizando en todo caso que sea posible verificar el otorgamiento de dicha autorización.
ARTÍCULO 8.- FORMA Y MECANISMOS PARA OTORGAR LA AUTORIZACIÓN. La autorización puede constar en un documento físico, electrónico o en cualquier otro formato que permita garantizar su posterior consulta. La autorización será emitida por KRISTHA ALEJANDRA y será puesto a disposición del titular previo al tratamiento de sus datos personales, de conformidad con lo que establece la Ley 1581 de 2012.
Con el procedimiento de autorización consentida se garantiza que se ha puesto en conocimiento del titular de los datos personales, tanto el hecho que su información personal será recogida y utilizada para fines determinados y conocidos, como que tiene la opción de conocer cualquier alternación a los mismos y el uso específico que de ellos se ha dado. Lo anterior, con el fin de que el titular tome decisiones informadas con relación a sus datos personales y controle el uso de su información personal. La autorización es una declaración que informa al titular de los datos personales:
- Quién recopila (responsable o encargado).
- Qué recopila (datos que se recaban).
- Para qué recoge los datos (las finalidades del tratamiento).
- Cómo ejercer derechos de acceso, corrección, actualización o supresión de los datos personales suministrados.
- Si se recopilan datos sensibles y la posibilidad de no darlos a conocer.
ARTÍCULO 9.- PRUEBA DE LA AUTORIZACIÓN. KRISTHA ALEJANDRA adoptará las medidas necesarias para mantener registros de cuándo y cómo obtuvieron autorización por parte de los titulares de datos personales para el tratamiento de estos.
ARTÍCULO 10.- AVISO DE PRIVACIDAD: El Aviso de Privacidad es el documento físico, electrónico o en cualquier otro formato, que es puesto a disposición del Titular para el tratamiento de sus datos personales. A través de este documento se informa al Titular la información relativa a la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las características del tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
ARTÍCULO 11.- CONTENIDO MÍNIMO DEL AVISO DE PRIVACIDAD. El Aviso de Privacidad, como mínimo, deberá contener la siguiente información:
- La identidad, domicilio y datos de contacto del Responsable del Tratamiento.
- El tipo de tratamiento al cual serán sometidos los datos y la finalidad del mismo.
- Los mecanismos generales dispuestos por el Responsable para que el Titular conozca la política de tratamiento de la información y los cambios sustanciales que se produzcan en ella. En todos los casos, debe informar al titular cómo acceder o consultar la política de tratamiento de información.
ARTÍCULO 12.- AVISO DE PRIVACIDAD Y LAS POLÍTICAS DE TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN. KRISTHA ALEJANDRA conservará el modelo del aviso de privacidad que se transmitió a los Titulares mientras se lleve a cabo tratamiento de datos personales y perduren las obligaciones que de éste deriven. Para el almacenamiento del modelo KRISTHA ALEJANDRA podrá emplear medios informáticos, electrónicos o cualquier otra tecnología.
CAPÍTULO III DERECHOS, DEBERES Y FINALIDAD
ARTÍCULO 13.– DERECHOS DE LOS TITULARES DE LA INFORMACIÓN. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 1581 de 2012 el titular de los datos personales tiene los siguientes derechos:
a) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente KRISTHA ALEJANDRA, en su condición de responsable del tratamiento. b) Solicitar prueba de la autorización otorgada KRISTHA ALEJANDRA, en su condición de Responsable del Tratamiento. c) Ser informado por KRISTHA ALEJANDRA previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales; d) Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, una vez haya agotado el trámite de consulta o reclamo ante el Responsable del Tratamiento. e) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. f) Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.
ARTÍCULO 14.- DEBERES DE OCTAVO LEGAL EN RELACIÓN CON EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES. KRISTHA ALEJANDRA tendrá presente, en todo momento, que los datos personales son propiedad de las personas a las que se refieren y que sólo ellas pueden decidir sobre los mismos. En este sentido, hará uso de ellos sólo para aquellas finalidades para las que se encuentra facultado debidamente, y respetando en todo caso la Ley 1581 de 2012 sobre protección de datos personales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1581 de 2012, KRISTHA ALEJANDRA se compromete a cumplir en forma permanente con los siguientes deberes en lo relacionado con en el tratamiento de datos personales:
- Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.
- Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento
- Realizar oportunamente, esto es en los términos previstos en los artículos 14 y 15 de la Ley 1581 de 2012, la actualización, rectificación o supresión de los datos.
- Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los Titulares en los términos señalados en el artículo 14 de la Ley 1581 de 2012.
- Insertar en la base de datos la leyenda “información en discusión judicial” una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad o detalles del dato personal.
- Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el Titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio.
- Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso a ella.
- Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.
- Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.
ARTÍCULO 15.- TRATAMIENTO AL CUAL SERAN SOMETIDOS LOS DATOS Y FINALIDAD DEL MISMO. KRISTHA ALEJANDRA, en el desarrollo de su actividad, realiza el tratamiento de datos personales en su condición de responsable y encargado, el cual implica la recepción, recolección, uso, consulta, circulación, supresión, transmisión, transferencia, almacenamiento y procesamiento de datos. Por lo anterior, KRISTHA ALEJANDRA realizará el tratamiento de los datos personales de sus titulares, llámense empleados, clientes, proveedores o de cualquier persona con la cual tuviere establecida, o estableciera una relación permanente u ocasional como se describe a continuación el tratamiento que surtirán las bases de datos.
Parágrafo 1. BASE DE DATOS PERSONALES EMPLEADOS – TRATAMIENTO. KRISTHA ALEJANDRA directamente y/o a través de terceros, tratará los datos de sus empleados o candidatos como Titulares de Datos Personales para realizar operaciones sobre los mismos, como recolección, almacenamiento, uso, consulta, distribución, intercambio, transmisión, transferencia, circulación, supresión y procesamiento, informando los derechos que le asisten, en especial, conocer, actualizar, rectificar y solicitar la supresión de los datos.
Para el tratamiento de Datos Sensibles y de datos de niños(as) y adolescentes cuyos representantes sean los empleados o candidatos, KRISTHA ALEJANDRA solicitará al Titular su autorización explícita para ello, indicando al Titular el carácter facultativo de las preguntas sobre estos datos, salvo aquellos datos que sean de naturaleza pública.
El tratamiento de los datos personales se realizará, siempre y cuando el titular del derecho otorgue la autorización cuando esta sea necesaria y será usada para:
i)Toda la información asociada al proceso de selección y la relación laboral que exista entre Kristha Alejandra y el Titular de los datos personales; ii)Verificación de información personal, familiar, financiera, crediticia, comercial y laboral; iii) Procesos de gestión de capacitación y formación del personal; iv) Aspectos Laborales y de Seguridad Social y aquellos relacionados con el (los) contratos que celebre o pretenda celebrar con KRISTHA ALEJANDRA; v) Participación en beneficios corporativos ; vi) Control y prevención del fraude; vii) Procesos relacionados con el control de acceso a las oficinas; viii)Procesos relacionados con la asignación de recursos para el desarrollo de sus actividades.
Parágrafo 2. BASE DE DATOS PERSONALES CLIENTES – TRATAMIENTO. KRISTHA ALEJANDRA directamente y/o a través de terceros, como los son aliados o proveedores, tratará los datos de sus clientes como Titulares de Datos Personales para realizar operaciones sobre los mismos, como recolección, almacenamiento, uso, consulta, distribución, intercambio, transmisión, transferencia, circulación, supresión y procesamiento, informando los derechos que le asisten, en especial, conocer, actualizar, rectificar y solicitar la supresión de los datos.
Para el tratamiento de Datos Sensibles y de datos de niños(as) y adolescentes, KRISTHA ALEJANDRA, solicitará al Titular su autorización explícita para ello, indicando al Titular el carácter facultativo de las preguntas sobre estos datos, salvo aquellos datos que sean de naturaleza pública.
El tratamiento de los datos personales se realizará, siempre y cuando el titular del derecho otorgue la autorización cuando esta sea necesaria y será usada para:
i)Control y prevención del fraude; ii) Oferta de productos o servicios de KRISTHA ALEJANDRA, o de terceros vinculados, realización de encuestas y otros fines comerciales, o publicitarios a través de mensajes de texto, correo electrónico, SMS; iii) Realizar procesos estadísticos; iv)Compartir con terceros que realizan este tipo de labores; v) Realizar labores de comercialización de nuestros servicios ; vi) Efectuar los trámites pertinentes para el desarrollo de la etapa precontractual, contractual y pos contractual respecto de cualquiera de los productos ofrecidos que haya o no adquirido; vii) Informar sobre cambios de nuestros servicios; viii) Evaluar la calidad de nuestros servicios; ix) Actividades de fidelización de clientes.
Parágrafo 3. BASE DE DATOS PERSONALES CONTRATISTAS Y PROVEEDORES – TRATAMIENTO. KRISTHA ALEJANDRA directamente y/o a través de terceros, tratará los datos de sus proveedores como Titulares de Datos Personales para realizar operaciones sobre los mismos, como compilación, almacenamiento, consulta, uso, distribución, intercambio, transmisión y transferencia, informando los derechos que les asisten, en especial, corregir, actualizar y solicitar la supresión de los datos.
El tratamiento de los datos personales se realizará, siempre y cuando el titular del derecho otorgue la autorización cuando esta sea necesaria y será usada para:
i)Mantener comunicación de la información que sea útil en el vínculo contractual; ii) Informar de las modificaciones que se presenten en el desarrollo de los vínculos contractuales; iii) Evaluar la calidad de los servicios ofrecidos por el Proveedor; iv) Realizar estudios internos; v) Enviar información a través de medios seguros a terceros nacionales o internacionales en desarrollo del objeto social del Contratante; vi) Conocer su comportamiento comercial y financiero; vii) Realizar procesos estadísticos.
Parágrafo 4. BASE DE DATOS DE ARCHIVOS INACTIVOS – TRATAMIENTO. KRISTHA ALEJANDRA directamente y/o a través de terceros, mantendrá almacenados los archivos o información de carácter personal inactiva, bajo los principios archivísticos y logísticos, garantizando su disponibilidad, la localización exacta, su integridad, la confidencialidad y trazabilidad de la información. La finalidad de esta base es dar cumplimiento legal al término de permanencia de la información y de los archivos establecida por las normas de conservación de la información.
No obstante, los titulares de datos personales almacenados en estas bases de datos, podrán ejercer en cualquier momento sus derechos de acceso, actualización, rectificación, supresión, frente al Responsable del tratamiento.
CAPÍTULO IV PROCEDIMIENTOS DE ACCESO, CONSULTA Y RECLAMACIÓN
ARTÍCULO 16.- DERECHO DE ACCESO: El poder de disposición o decisión que tiene el titular sobre la información que le concierne, conlleva necesariamente el derecho de acceder y conocer si su información personal está siendo objeto de tratamiento, así como el alcance, condiciones y generalidades de dicho tratamiento. De esta manera, KRISTHA ALEJANDRA debe garantizar al titular su derecho de acceso en tres vías:
- La primera implica que el titular pueda conocer la efectiva existencia del tratamiento a que son sometidos sus datos personales.
- La segunda, que el titular pueda tener acceso a sus datos personales que están en posesión del responsable.
- La tercera, supone el derecho a conocer las circunstancias esenciales del tratamiento, lo cual se traduce en el deber de KRISTHA ALEJANDRA de informar al titular sobre el tipo de datos personales tratados y todas y cada una de las finalidades que justifican el tratamiento.
Parágrafo. KRISTHA ALEJANDRA garantizará el derecho de acceso cuando, previa acreditación de la identidad del titular o personalidad de su representante, se ponga a disposición de éste, de manera gratuita, el detalle de los datos personales a través de medios electrónicos que permitan el acceso directo del Titular a ellos. Dicho acceso deberá ofrecerse sin límite de plazo y deberá permitir al titular la posibilidad de conocerlos y actualizarlos.
ARTÍCULO 17.- CONSULTAS. De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 1581 de 2012 los titulares o sus causahabientes podrán consultar la información personal del Titular que repose en cualquier base de datos. En consecuencia, KRISTHA ALEJANDRA garantizará el derecho de consulta, suministrando a estos, (titulares), toda la información contenida en el registro individual o que esté vinculada con la identificación del Titular.
Para la atención de solicitudes de consulta de datos personales KRISTHA ALEJANDRA garantiza:
- Habilitar medios de comunicación electrónica u otros que considere pertinentes.
- Establecer formularios, sistemas y otros métodos simplificados, mismos que deben ser informados en el aviso de privacidad.
- Utilizar los servicios de atención al cliente o de reclamaciones que tiene en operación.
En cualquier caso, independientemente del mecanismo implementado para la atención de solicitudes de consulta, las mismas serán atendidas en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado antes del vencimiento del término, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo.
ARTÍCULO 18.- RECLAMOS. De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 1581 de 2012, el Titular o sus causahabientes que consideren que la información contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley 1581 de 2012, podrán presentar un reclamo ante el Responsable del Tratamiento, el cual será tramitado bajo las siguientes reglas:
- Si el reclamo recibido no cuenta con información completa que permita darle trámite, esto es, con la identificación del Titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección, y acompañando los documentos que se quiera hacer valer, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a su recepción para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo. Si por alguna circunstancia KRISTHA ALEJANDRA recibe un reclamo que en realidad no debería ir dirigido contra él, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.
- Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos que mantiene KRISTHA ALEJANDRA una leyenda que diga “reclamo en trámite” y el motivo de este, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
- El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atenderlo dentro de dicho término se informará al interesado antes del vencimiento del referido plazo los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
ARTÍCULO 19.- IMPLEMENTACIÓN DE PROCEDIMIENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO A PRESENTAR RECLAMOS. En cualquier momento y de manera gratuita el titular o su representante podrán solicitar a KRISTHA ALEJANDRA la rectificación, actualización o supresión de sus datos personales, previa acreditación de su identidad. Los derechos de rectificación, actualización o supresión únicamente se podrán ejercer por:
a) El titular o sus causahabientes, previa acreditación de su identidad, o a través de instrumentos electrónicos que le permitan identificarse; b) Su representante, previa acreditación de la representación; c) Cuando la solicitud sea formulada por persona distinta del titular y no se acredite que la misma actúa en representación de aquél, se tendrá por no presentada. La solicitud de rectificación, actualización o supresión debe ser presentada a través de los medios habilitados por KRISTHA ALEJANDRA señalados en el aviso de privacidad y contener, como mínimo, la siguiente información: i) El nombre y domicilio del titular o cualquier otro medio para recibir la respuesta; ii) Los documentos que acrediten la identidad o la personalidad de su representante; iii) La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los cuales el titular busca ejercer alguno de los derechos; iv) En caso dado otros elementos o documentos que faciliten la localización de los datos personales.
Parágrafo 1. RECTIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS. KRISTHA ALEJANDRA tiene la obligación de rectificar y actualizar a solicitud del titular, la información de éste que resulte ser incompleta o inexacta, de conformidad con el procedimiento y los términos arriba señalados. Al respecto se tendrá en cuenta lo siguiente:
En las solicitudes de rectificación y actualización de datos personales el titular debe indicar las correcciones a realizar y aportar la documentación que avale su petición. KRISTHA ALEJANDRA tiene plena libertad de habilitar mecanismos que le faciliten el ejercicio de este derecho, siempre y cuando éstos beneficien al titular. En consecuencia, se podrán habilitar medios electrónicos u otros que considere pertinentes.
KRISTHA ALEJANDRA podrá establecer formularios, sistemas y otros métodos simplificados, mismos que deben ser informados en el aviso de privacidad y que se pondrán a disposición de los interesados en la página web.
KRISTHA ALEJANDRA utilizará los servicios de atención o servicio al cliente que tiene en operación, siempre y cuando los plazos de respuesta no sean mayores a los señalados por el artículo 15 de la Ley 1581 de 2012. Cada vez que KRISTHA ALEJANDRA ponga a disposición una herramienta nueva para facilitar el ejercicio de sus derechos por parte de los titulares de información o modifique las existentes, lo informará a través de su página web www.kristhalejandra.com
Parágrafo 2.- SUPRESIÓN DE DATOS. El titular tiene el derecho, en todo momento, a solicitar a KRISTHA ALEJANDRA la supresión (eliminación) de sus datos personales cuando:
a. Considere que los mismos no están siendo tratados conforme a los principios, deberes y obligaciones previstas en la Ley 1581 de 2012. b. Hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual fueron recolectados. c. Se haya superado el periodo necesario para el cumplimiento de los fines para los que fueron recolectados. Esta supresión implica la eliminación total o parcial de la información personal de acuerdo con lo solicitado por el titular en los registros, archivos, bases de datos o tratamientos realizados por KRISTHA ALEJANDRA. Es importante tener en cuenta que el derecho de cancelación no es absoluto y el responsable puede negar el ejercicio de este cuando: i) La solicitud de supresión de la información no procederá cuando el titular tenga un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos; ii) La eliminación de datos obstaculice actuaciones judiciales o administrativas vinculadas a obligaciones fiscales, la investigación y persecución de delitos o la actualización de sanciones administrativas; iii) Los datos sean necesarios para proteger los intereses jurídicamente tutelados del titular; para realizar una acción en función del interés público, o para cumplir con una obligación legalmente adquirida por el titular.
En caso de resultar procedente la cancelación de los datos personales, KRISTHA ALEJANDRA debe realizar operativamente la supresión de tal manera que la eliminación no permita la recuperación de la información.
ARTÍCULO 20.- REVOCATORIA DE LA AUTORIZACIÓN. Los titulares de los datos personales pueden revocar el consentimiento al tratamiento de sus datos personales en cualquier momento, siempre y cuando no lo impida una disposición legal. Para ello, KRISTHA ALEJANDRA deberá establecer mecanismos sencillos y gratuitos que permitan al titular revocar su consentimiento, al menos por el mismo medio por el que lo otorgó.
Se deberá tener en cuenta que existen dos modalidades en las que la revocación del consentimiento puede darse. La primera, puede ser sobre la totalidad de las finalidades consentidas, esto es, que KRISTHA ALEJANDRA deba dejar de tratar por completo los datos del titular; la segunda, puede ocurrir sobre tipos de tratamiento determinados, como por ejemplo para fines publicitarios o de estudios de mercado. Con la segunda modalidad, esto es, la revocación parcial del consentimiento, se mantienen a salvo otros fines del tratamiento que el responsable, de conformidad con la autorización otorgada puede llevar a cabo y con los que el titular está de acuerdo. Por lo anterior, será necesario que el titular al momento elevar la solicitud de revocatorio consentimiento a KRISTHA ALEJANDRA, indique en ésta si la revocación que pretende realizar es total o parcial. En la segunda hipótesis se deberá indicar con cuál tratamiento el titular no está conforme. Habrá casos en que el consentimiento, por su carácter necesario en la relación entre titular y responsable por el cumplimiento de un contrato, por disposición legal no podrá ser revocado.
Los mecanismos o procedimientos que KRISTHA ALEJANDRA establezca para atender las solicitudes de revocatoria del consentimiento no podrán exceder los plazos previstos para atender las reclamaciones conforme se señala en el artículo 15 de la Ley 1581 de 2012.
CAPÍTULO V SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
ARTÍCULO 21.- MEDIDAS DE SEGURIDAD. En desarrollo del principio de seguridad establecido en la Ley 1581 de 2012, KRISTHA ALEJANDRA adoptará las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
ARTÍCULO 22.- IMPLEMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD. KRISTHA ALEJANDRA para el personal con acceso a los datos de carácter personal y a los sistemas de información.
CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 23.- MEDIOS DE COMUNICACIÓN CON KRISTHA ALEJANDRA. establece el correo [email protected] para recibir las solicitudes de los titulares, para el ejercicio de los derechos de acceso, consulta, rectificación, actualización, supresión y revocatoria a que se refiere la Ley 1581 de 2012. A nivel interno se han establecido procedimientos para la oportuna y eficaz atención de las consultas y reclamos teniendo en cuenta los responsables de las diferentes bases de datos y nuestra estructura administrativa interna.
ARTÍCULO 24.- VIGENCIA. La presente política regirá durante el tiempo necesario y razonable para cumplir las finalidades del tratamiento conforme a la regulación legal existente. No obstante, KRISTHA ALEJANDRA podrá modificar esta política en cualquier momento. Toda modificación entrará en vigor y tendrá efectos frente a los colaboradores, aliados estratégicos, proveedores y terceros en general con quienes sostiene o ha sostenido alguna clase de relación desde su publicación en los medios establecidos. Cuando por la naturaleza de dicha modificación se requiera, se solicitarán las respectivas autorizaciones a los colaboradores, aliados estratégicos, proveedores y terceros en general con quienes sostiene o ha sostenido alguna clase de relación ya vinculados a KRISTHA ALEJANDRA.